La Evaluación de riesgos es una parte del proceso preventivo que consiste en estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que la o el empresario esté en condiciones para tomar la decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
Por qué realizar la evaluación de riesgos
- Es una exigencia legal para los riesgos inevitables (Art. 15 L.P.R.L.)
- Permite determinar los niveles de riesgo admisibles o tolerables.
- Proporciona criterios para la elección adecuada de los equipos de trabajo, preparados o sustancias químicas utilizadas, acondicionamiento de los lugares de trabajoDevonn
- Permite establecer medidas preventivas y/o correctoras acordes con los resultados de dicha evaluación.
- Permite comprobar la idoneidad y adecuación de las medidas preventivas existentes.
- Permite determinar prioridades en la adopción de medidas a aplicar como consecuencia de la evaluación.
- Sirve como base para el establecimiento de programas de prevención.
- Proporciona criterios para determinar las necesidades de formación de los trabajadores y trabajadoras.
- Debe servir para proporcionar medios de participación de los trabajadores y trabajadoras en todo lo que afecta a su seguridad y salud.
El Reglamento de los Servicios de Prevención establece:
a. La evaluación inicial de los riesgos que no hayan podido evitarse debe extenderse a cada uno de los puestos de trabajo de la empresa en que concurran dichos riesgos.
b. Contenido de la evaluación: Se tendrán en cuenta:
– Las condiciones de trabajo existentes o previstas, tal como se definen en el art.4, apartado 7 de la L.P.R.L.
– La posibilidad de que el trabajador o trabajadora que ocupe o vaya a ocupar dicho puesto sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
De forma concreta, el apartado 7 del art. 4 de la L.P.R.L. incluye en el concepto de condiciones de trabajo las siguientes:
- Características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el puesto de trabajo.
- Naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos, así como sus intensidades, concentraciones, etc.
- Procedimientos para la utilización de los agentes anteriormente indicados.
- Otras características (organización, ordenación, etc.) que puedan influir en el nivel de riesgos existentes en el puesto.Yaestudio
La ley no fija el sujeto u organismo que puede realizarla, pero conocimientos y experiencia necesarios para ejecutar dicha evaluación. Las personas que la realicen, además de lo anterior, estarán integradas en un equipo multidisciplinar. Si lo realiza una sola persona deberá hacer la evaluación desde una visión igualmente multidisciplinar.
El Reglamento de los Servicios de Prevención establece una clasificación de las funciones a efectos de determinar las capacidades y aptitud necesarias para la evaluación de riesgos (Capítulo VI).
- Funciones de nivel básico: permite realizar evaluaciones elementales de riesgos, así como establecer medidas preventivas del mismo carácter, compatibles con su grado de formación.
- Funciones de nivel intermedio: permite realizar evaluaciones de riesgos, salvo las reservadas específicamente al nivel superior.
- Funciones de nivel superior: Permiten realizar evaluaciones de riesgos cuyo desarrollo exija:
- El establecimiento de una estrategia de medición para asegurar que los resultados obtenidos caracterizan efectivamente la situación que se valora.
- Una interpretación o aplicación no mecánica de los criterios de evaluación.
– Debe realizarse una evaluación inicial de todos los riesgos que no hayan podido evitarse en cada uno de los puestos de trabajo de la empresa
– Se debe realizar una nueva evaluación de los puestos de trabajo cuando los mismos puedan verse afectados por:
- la elección de equipos de trabajo, sustancias, introducción de nuevas tecnologías o modificaciones de las condiciones de los puestos de trabajo, etc.
- incorporación de trabajadores o trabajadoras cuyas características personales o estado biológico conocido lo hagan sensible a las condiciones del puesto.
- se incorporen al puesto tareas que se han omitido en la evaluación inicial, por su carácter no habitual o porque se hayan añadido a las funciones de dicho puesto.
- Se detecten daños para la salud que indiquen que las medidas de prevención adoptadas son inadecuadas o insuficientes.
No existe una metodología o normas fijas sobre el modo de realizar la evaluación de riesgos. El método dependerá de los objetivos que cada grupo se plantee, nivel de exigencias y concepto social que se tenga de la seguridad y salud, medios de que disponga la empresa, etc.
No obstante, cuando se aborde dicha evaluación deberán tenerse en cuenta siempre dos principios:
- la evaluación debe estar estructurada de modo que se estudien todos los elementos peligrosos y riesgos importantes teniéndose en cuenta además, las operaciones no habituales, esporádicas, fuera de horas, …
- Cuando se determine la existencia de un Riesgo, la evaluación deberá examinar, antes de nada, si el riesgo puede eliminarse, es decir, prescindir del peligro causante del riesgo.
Para llevar a cabo la evaluación de riesgos se pueden adoptar varios enfoques, basados normalmente en los siguientes principios:
- Observación del entorno del lugar de trabajo.
- Determinación de las tareas realizadas en el lugar de trabajo
- Estudio de dichas tareas.
- Realización de observaciones mientras se está llevando a cabo el trabajo, comprobando si se observan los métodos y procedimientos establecidos y si pueden surgir otros riesgos.
- Estudio de las pautas de trabajo, para evaluar la exposición a los diferentes tipos de peligro.
- Estudio de los factores externos que pueden influir en el lugar de trabajo,
- Análisis de los factores psicosociales que pueden causar tensión en el lugar de trabajo y de las interacciones que pueden producirse entre ellos y con otros factores en el contexto del entorno laboral y de la organización.
- Estudio del tipo de organización necesaria para mantener las condiciones de seguridad.
La evaluación de los riesgos incluirá la realización de mediciones, análisis o ensayos que se consideren necesario, salvo que se trate de operaciones o procesos en los que la directa apreciación profesional permita llegar a una conclusión sin recurrir a dichas mediciones.
Todas estas observaciones realizadas pueden compararse con los criterios establecidos para garantizar la seguridad y salud basados en:
- Requisitos legales o exigencias legislativas que marcan los niveles de control de determinados riesgos mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas normas.
- Normas internacionales o guías de otras entidades de reconocido prestigio. Dichas normas pueden ser utilizadas en diversos tipos de circunstancias:
- cuando no existe una legislación ni nacional ni internacional que limite la exposición a determinados riesgos pero sí existen normas o guías técnicas que establecen niveles recomendados de exposición (por ejemplo la exposición a campos electromagnéticos).
- cuando, existiendo una legislación, planteamos utilizar como puntos referen- ciales otros valores más estrictos o rígidos que los indicados como mínimos en la legislación existente.
- métodos especiales de análisis, como los análisis y planificaciónes de riesgos, empleados en casos específicos.
Si la evaluación de riesgos ha de incluir todos los puestos de trabajo es preciso, previamente disponer de una relación de los mismos con el fin de asegurarse que están incluidos todos.
Así mismo, enumeraremos todas las tareas que se desarrollan en los diferentes puestos de trabajo, con el fin de incluir todas las actividades (cíclicas, periódicas o esporádicas) que se desarrollan en la empresa.
Para cada tarea o actividad puede ser preciso obtener información sobre una serie de aspectos:
- Lugares donde se realizan las tareas
- Procedimientos de trabajo y/o permisos de trabajo.
- Instalaciones, máquinas, herramientas, materiales, etc.
- Sustancias, productos, etc. utilizados o generados en la tarea.
- Recomendaciones del etiquetado de las sustancias manipuladas.
- Requisitos legales en relación con los elementos anteriores.
a. Identificación de peligros: determinación de los elementos peligrosos en todos los aspectos del trabajo. Para llevar a cabo esta tarea se deberá:
- Consultar a los trabajadores y trabajadoras o a sus representantes y solicitar su colaboración, con el fin de que comuniquen su experiencia sobre los elementos peligrosos y sus efectos nocivos.
- Analizar sistemáticamente todos los aspectos del trabajo:
- Observar lo que ocurre durante el desarrollo de la actividad laboral.
- Reflexionar sobre las operaciones no rutinarias (cambios en los ciclos de producción, mantenimiento, etc.)
- Tener en cuenta los sucesos no planificados pero previsibles (interrupciones en la tarea).
- Determinar los elementos peligrosos de la propia actividad.
Con el fin de ayudar en el proceso de identificación de riesgos suele ser útil categorizarlos en las diferentes formas: mecánicos, eléctricos, sustancias, etc. y expresarlos a través de sus manifestaciones externas:
- golpes y cortes
- caídas al mismo o a distinto nivel.
- caídas de materiales o herramientas.
- peligros por manipulación de cargas.
- sustancias que pueden inhalarse o con las que se entre en contacto.
b. Identificación de todas las personas que pueden estar expuestas a los elementos peligrosos. Para ello, se tendrán en cuenta las interacciones entre los trabajadores y los elementos peligrosos.
- se debe prestar especial atención a los grupos de trabajadores y trabajadoras que puedan estar expuestos a mayores riesgos.
- Para realizar estas etapas del análisis de los riesgos deberá solicitar el acompañamiento de los Delegados y Delegadas de Prevención.
Para cada peligro debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad de los daños que pueda originar (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra.
a. Severidad del daño: Para determinar la potencial severidad del daño deben considerarse las partes del cuerpo que se verán afectadas. La clasificación puede expresarse en función de sus consecuencias:
- Ligeramente dañino: Cortes, dolores de cabeza, etc.
- Dañino: Quemaduras, sordera, etc.
- Extremadamente dañino: Amputaciones, muerte, etc.
b. Probabilidad de que ocurra el daño, que puede expresarse a través de una clasificación:
- Probabilidad alta: es muy probable que ocurra.
- Probabilidad media: puede ocurrir.
- Probabilidad baja: es difícil que ocurra, aunque no imposible.
A la hora de establecer la probabilidad del daño deben tenerse en cuenta:
- las medidas de control ya implantadas (si son o no adecuadas).
- posibles sensibilidades de las y los trabajadores expuestos.
- frecuencia de la exposición al peligro.
- fallos en los componentes de las instalaciones y máquinas.
- utilización de EPI,s y protección suministrada por los mismos.
- histórico de accidentes.
- actos inseguros de las personas.
A título de ejemplo, reseñamos el método de evaluación propuesto por la NTP 330 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Nivel de probabilidad
En función del nivel de deficiencia de las medidas preventivas y del nivel de exposición al riesgo, se determinará el nivel de probabilidad (N P), el cual se puede expresar como el producto de ambos términos:
NP= NDx NE
Nivel de deficiencia
Llamaremos nivel de deficiencia (ND) a la magnitud de la vinculación esperable entre el conjunto de factores de riesgo considerados y su relación causal directa con el posible accidente. Los valores numéricos empleados en esta metodología y el significado de los mismos se indica en el cuadro 3.
Nivel de deficiencia | ND | Significado |
Muy deficiente (MD) | 10 | Se han detectado factores de riesgo significativos que determinan como muy posible la generación de fallos. El conjunto de medidas existentes respecto al riesgo resulta ineficaz. |
Deficiente (D) | 6 | Se ha detectado algún factor de riesgo significativo que precisa ser corregido. La eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes se ve reducida de forma apreciable |
Mejorable (M) | 2 | Se han detectado factores de riesgo de menor importancia. La eficacia del conjunto de medidas preventivas existentes respecto al riesgo no se ve reducida de forma apreciable |
Aceptable (B) | – | No se ha detectado anomalía destacable alguna. El riesgo está controlado. No se valora. |
Nivel de exposición
El nivel de exposición (NE) es una medida de la frecuencia con la que se da exposición al riesgo. Para un riesgo concreto, el nivel de exposición se puede estimar en función de los tiempos de permanencia en áreas de trabajo, operaciones con máquina, etc.
Nivel de exposición | NE | Significado |
Continua (EC) | 4 | Continuamente. Varias veces en su jornada laboral con tiempo prolongado. |
Frecuente (EF) | 3 | Varias veces en su jornada laboral, aunquesea en tiempos cortos. |
Ocasional (EO) | 2 | Alguna vez en su jornada laboral y con período corto de tiempo |
Esporádica (EE) | 1 | Irregularmente |
(Determinación del nivel de probabilidad (NP)
NP = ND x NE
Nivel de exposición | |||||
4 | 3 | 2 | 1 | ||
Nivel de Deficiencia (ND) | 10 | MA-40 | MA-30 | A-20 | A-10 |
6 | MA-24 | A-18 | A-12 | M-8 | |
2 | M-8 | M-6 | B-4 | B-2 |
Nivel de exposición | N | Significado |
Muy alta (MA) | Entre 40 y 24 | Situación deficiente con exposición continuada o muy deficiente con exposición frecuente. Normalmente la materialización del riesgo ocurre con frecuencia. |
Alta (A) | Entre 20 y 10 | Situación deficiente con exposición frecuente u ocasional o bien situación muy deficiente con exposición ocasional o esporádica. La materialización del riesgo es posible que suceda varias veces en ciclo de vida laboral. |
Media (M) | Entre 8 y 6 | Situación deficiente con exposición esporádica o bien situación mejorable con exposición continuada o frecuente. Es posible que suceda el daño alguna vez. |
Baja (B) | Entre 4 y 2 | Situación mejorable con exposición ocasionalo esporádica No es esperable que se materialice el riesgo aunque puede ser concebible.. |
Nivel de consecuencias
Nivel de consecuencias | NC
| Significado | |
Daños personales | Daños materiales | ||
Mortal o catastrófico (M) | 100 | 1 muerto o más | Destrucción total del sistema. Difícil renovarlo |
Muy grave | 60 | Lesiones graves que pueden ser irreparables | Destrucción parcial del sistema (compleja y costosa reparación) |
Grave (G) | 25 | Lesiones con incapacidad laboral transitoria (ILT) | Se requiere paro del proceso para efectuar la reparación |
Leve (L) | 10 | Pequeñas lesiones que no requieren hospitalización | Reparable sin necesidad de paro del proceso |
Nivel de riesgo y nivel de intervención
NR= NP x NC
Nivel de probabilidad NP | |||||
40-24 | 20-10 | 8-6 | 4-2 | ||
Nivel de consecuencias NC | 100 | I 4000-2400 | I 2000-1200 | I 800-600 | II 400-200 |
60 | I 2400-1440 | I 1200-600 | II 480-360 | II 240 III 120 | |
25 | I 1000-800 | II 500_250 | II 200-150 | III 100-150 | |
10 | II 400-240 | II 200 III 100 | III 80-60 | III 40 IV 20 |
Significado del nivel de intervención
|
El resultado de la evaluación de los riesgos debe servir para hacer un inventario de acciones, con el fin de diseñar, mantener o mejorar los controles de los riesgos. Es preciso planificar la implantación de las medidas de control que sean precisas, tras la evaluación de los riesgos.
La aplicación de las medidas debe estructurarse jerárquicamente. Al establecer prioridades, se tendrá en cuenta el resultado de la evaluación.
La realización de la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo debe permitir legar a una conclusión sobre los siguientes aspectos:
- si el riesgo está controlado de forma adecuada.
- si no lo está, si existen alternativas para reducir los riesgos.
La alternativa que debe considerarse en primer lugar será siempre la eliminación del elemento peligroso. No obstante, aunque siempre debe estudiarse esta alternativa, en muchas ocasiones no podrá ponerse en práctica debido a que el elemento peligroso y el riesgo forman parte integral de proceso laboral.
En ocasiones, puede ser factible la sustitución de máquinas, materiales o sustancias que entrañen peligro. No obstante, antes de llevar a cabo la sustitución deben evaluarse sus consecuencias y analizar si la sustitución es la opción más apropiada.
Cuando existen varias alternativas, deben evaluarse las ventajas de cada una de ellas.
Deben decidirse las medidas a adoptar y los equipos de protección a utilizar. En esta fase es importante la participación de los trabajadores y trabajadoras para comunicar su experiencia sobre la eficacia de las medidas.
- cuáles son las prioridades.
- si puede tomarse medidas para mejorar el nivel de protección.
Aunque nos encontremos en niveles de riesgo tolerable (por ejemplo, niveles de ruido por debajo de los límites establecidos) se puede intentar mejorar las condiciones de trabajo. Hay que asegurarse de que las medidas adoptadas no influyan negativamente en el nivel de riesgos de otras personas.
Antes de su implantación, el plan de actuación debe revisarse, si:
- los nuevos sistemas de control conducirán a niveles de riesgo aceptables.
- Si los nuevos sistemas de control han generado nuevos peligros.
- La opinión de los trabajadores y trabajadoras sobre la necesidad y operatividad de las nuevas medias de control.
La evaluación de riesgos debe ser, en general, un proceso continuo. Por lo tanto, la adecuación de las medidas de control debe estar sujeta a una revisión continua y modificarse si es preciso.
La evaluación inicial deberá revisarse cuando así lo establezca una disposición específica. En todo caso se revisará si cambian las condiciones de trabajo, y especialmente si se han detectado daños para la salud o se haya detectado a través de los controles periódicos de salud las medidas preventivas son insuficientes.
Asimismo, deberá revisarse la evaluación inicial con la periodicidad que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores y trabajadoras.
Los procedimientos de participación de los Delegados y Delegadas deben ser objeto de un acuerdo previo al inicio de la evaluación de riesgos. Este acuerdo debe producirse en el seno del Comité de Seguridad y Salud, o en su defecto entre el Designado para la Prevención por el empresario (o por el empresario mismo) y los Delegados o Delegadas de Prevención. Es importante que dicha participación se realice desde la planificación previa, la identificación, la evaluación y la valoración final de los riesgos y medidas.