(protegen al COLECTIVO de trabajadores y trabajadoras)
Protección contra contactos eléctricos directos (medidas que previenen el contacto del cuerpo con partes ACTIVAS de la instalación |
– Por recubrimiento de las partes activas – Por medio de barreras o envolventes – Por alejamiento – Mediante interruptores diferenciales (complementaria) |
Protección contra contactos eléctricos indirectos Son medidas que tienden a evitar que puedan circular por las personas corrientes eléctricas que por su valor (intensidad) o duración (tiempo de contacto) puedan ser peligrosas. |
– Por corte automático de la instalación – Por empleo de equipos de Clase II – Por separación eléctrica de circuitos – Por conexión equipotencial local |
Esta protección consiste en tomar las medidas destinadas a proteger a las personas contra los peligros que puedan derivarse de un contacto con las partes activas de los materiales eléctricos.
Los medios a utilizar vienen expuestos y definidos en la Norma UNE 20.460-4-41, que son habitualmente:
+ Protección por aislamiento de las partes activas. Las partes activas deben estar recubiertas de un aislamiento que no pueda ser eliminado más que destruyéndolo.
Las lacas, pinturas, barnices y productos similares no se considera que constituyan un aislamiento suficiente contra contactos directos.
+ Protección por medio de barreras o envolventes. Las partes activas deben quedar situadas en el interior de las envolventes o detrás de barreras que posean, como mínimo, el grado de protección IP XXB, según Norma UNE 20.324
Las barreras o envolventes deben fijarse de manera segura y ser de una robustez y durabilidad suficientes, así como mantener una separación también suficiente con las partes activas en las condiciones normales de servicio, teniendo en cuenta las influencias externas.
Cuando sea necesario suprimir las barreras, abrir las envolventes o quitar parte de éstas, esto no debe ser posible más que:
- bien con la ayuda de una llave o una herramienta (exija voluntariedad de la persona que lo va a hacer)
- o bien, después de quitar la tensión de las partes activas protegidas, no pudiendo ser restablecida la tensión hasta después de volver a colocar las barreras o las envolventes.
+ Protección por medio de obstáculos. Esta medida no garantiza una protección completa y su aplicación se limita, en la práctica, a los locales de servicio eléctrico solo accesibles al personal autorizado.
Los obstáculos están destinados a evitar contactos fortuitos con las partes activas, pero no los contactos voluntarios por una tentativa deliberada de salvar el obstáculo.
+ Protección por puesta fuera de alcance por alejamiento. Esta medida no garantiza una protección completa y su aplicación se limita, en la práctica, a los locales de servicio eléctrico solo accesibles al personal autorizado.
Esta medida está destinada solamente a impedir los contactos fortuitos con las partes activas.
+ Protección complementaria por dispositivos de corriente diferencial-residual. Esta medida está destinada solamente a complementar las medias anteriormente citadas.
El empleo de estos dispositivos, cuyo valor de corriente diferencial sea inferior o igual a 30 mA, solo es válido en caso de fallo de una de las medidas anteriores o en caso de imprudencia de los usuarios.
El tipo de protección depende de la naturaleza de los locales o emplazamiento, de las masas y los elementos conductores y de la importancia de la instalación. Uno de los sistemas de protección a emplear contra este tipo de contactos es sin puesta a tierra y otro con puesta a tierra de las masas.
a) El sistema de sin puesta a tierra consiste en tomar disposiciones destinadas a suprimir el riesgo mismo, haciendo que los contactos no sean peligrosos, o bien impidiendo el contacto simultáneo entre las masas y elementos conductores, entre los cuales pueda aparecer una diferencia de potencial peligrosa. Dentro de este sistema tenemos:
+ Separación de circuitos. Consiste en separar los circuitos de la fuente de energía por medio de transformadores o grupos convertidores.
+ Pequeñas tensiones de seguridad. Consiste en la utilización de pequeñas tensiones de seguridad (24 V para emplazamientos húmedos y 50 V para locales secos).
+ Doble aislamiento. Consiste en el empleo de materiales que dispongan de aislamiento de protección reforzados en sus partes activas y sus masas accesibles.
+ Unión equipotencial. Consiste en unir entre sí todas las masas de la instalación a proteger y que sean accesibles simultáneamente, para evitar que puedan aparecer en un momento dado diferencias de potencial peligrosas. Esta medida puede comprender también la unión de las conexiones equipotenciales a tierra.
b) El sistema de puesta a tierra consiste en la puesta a tierra directa de las masas, asociándola a un dispositivo de corte automático, que origine la desconexión de la instalación defectuosa. Entre los sistemas de este tipo, el más utilizado es el de puesta a tierra de las masas y dispositivos de corte por intensidad de defecto, y consta de:
+ Puesta a tierra de las masas. Las masas deben estar unidas eléctricamente a una toma de tierra o a un conjunto de tomas de tierra interconectadas, que tengan una resistencia adecuada (generalmente baja). Las puestas a tierra se establecen con objeto de limitar la tensión que con respecto a tierra puedan presentar en un momento dado las masas metálicas y asegurar la actuación de las protecciones.
+ Dispositivos automáticos de corte, sensibles a la corriente de defecto o derivación a tierra, que aseguren la desconexión del circuito cuando se produce un fallo a tierra (interruptores diferenciales).
Igualmente, en el Reglamento se establecen los requisitos que han de reunir los receptores (maquinaria, herramientas portátiles eléctricas, etc.), clasificándolos de acuerdo a su grado de aislamiento, la tensión de alimentación y el sistema de protección contra contactos eléctricos.
Foto.- Puesta a tierra (cable amarillo/verde) desde el interruptor principal hasta las partes metálicas sin tensión de la máquina.