Las recientes novedades y reformas legislativas en el marco de la prevención de riesgos laborales refuerzan la necesidad y el deber empresarial de integrar la prevención en la empresa, en todas sus actividades y niveles jerárquicos, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención.
Dicho Plan debe contemplar la estructura organizativa de la empresa, la política en materia de prevención, las responsabilidades, funciones, prácticas, procedimientos y recursos necesarios para el desarrollo de las actuaciones preventivas, así como la programación de las actuaciones previstas en materia de seguridad y salud laboral y el seguimiento que se va a efectuar de cada una de ellas.
A partir de él, los instrumentos esenciales para su gestión y aplicación serán la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. De ambas, y de los requisitos establecidos por la legislación, se derivan el resto de actuaciones preventivas que debe llevar a cabo la empresa.
Con el fin de facilitar al empresario una herramienta para elaborar este importante documento de gestión, el Gabinete Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la C.A.E.B. ha preparado esta Guía Práctica donde, a partir de los requisitos reglamentarios, se facilitan los modelos necesarios para adaptar a cada empresa y organización los contenidos correspondientes.
Antes de elaborar el Plan
■ ¿Quién puede hacerlo?
Cualquiera dentro de la organización. No es necesario disponer de una formación específica en materia de prevención, aunque siempre es aconsejable contar como mínimo con el Nivel Básico de prevención y, sobre todo, tener un profundo conocimiento del funcionamiento de la empresa, a nivel organizacional y de producción.
■ Lo imprescindible
Un buen Plan de Prevención requiere, como punto de partida, el compromiso por parte de la Dirección de la empresa con la Seguridad y Salud en el trabajo. La Dirección es quien elaborará o designará a la persona o personas que se encarguen de su redacción, y quien establecerá los recursos que se van a dedicar a la gestión de la prevención.
- Consulta y participación
Los trabajadores, como parte fundamental e implicada en la prevención y en el propio Plan, deben contribuir y ser consultados sobre la implantación y aplicación del mismo.
- Información a los trabajadores
El Plan implica a todos los niveles jerárquicos de la empresa, y por tanto debe ser conocido por todos los trabajadores de la misma. De esta manera conocerán sus responsabilidades, sus funciones, la política de prevención de la empresa y el alcance de las diferentes actuaciones.
El Plan de Prevención, como el resto de documentación en materia de seguridad y salud, estará a disposición de la autoridad laboral, sanitaria y de los representantes de los trabajadores.
Empresa
Toda empresa debe tener un plan de prevención. En general, cada empresa dispondrá de uno Individual, pero pueden darse algunas situaciones particulares.
- Empresas que comparten estructura organizativa y/o centro de trabajo: Hay organizaciones que agrupan empresas que trabajan con los mismos procedimientos y que comparten partes de la organización (dirección, recursos, etc) y/o centro de trabajo. En este caso es posible elaborar un plan de prevención para la organización y que sea funcional para todas las empresas a las que engloba, concretando en los procedimientos las particularidades de cada uno.
- Empresa con varios centros de trabajo: Es posible que los centros que actúan independientemente y de manera diferenciada del resto de la organización dispongan de su propio plan de prevención.
En cualquier caso, estas situaciones deben quedar debidamente reflejadas tanto en la portada como en los apartados que reflejan la estructura y funcionamiento de la organización (apartados 2-4).
Puesto que a lo largo del tiempo la empresa irá actualizando el Plan de Prevención, es conveniente llevar un registro de las diferentes actualizaciones, por ejemplo mediante la indicación del año y número de revisión correspondiente. Así, si se trata del primer plan que se lleva a cabo en el 2006, la versión será la 1/2006; si más adelante es necesario modificarlo, la siguiente corresponderá a la 2/2006.
En este apartado se especifica el motivo que ha llevado a revisar el documento. Puede ser que estemos ante el primer plan, ante una actualización debida a un cambio en el sistema productivo o de organización, por apertura de un nuevo centro de trabajo, etc. Indicaremos en este apartado todas las opciones que sean de aplicación, ya que es posible que la revisión sea periódica e incluya algunos de los cambios mencionados.
Independientemente de los posibles cambios que tengan lugar en la organización, periódicamente debe revisarse y actualizarse el plan. La empresa establecerá un periodo máximo de vigencia (se recomienda una revisión anual).
Aunque no es necesaria ninguna formación específica en prevención de riesgos laborales para la elaboración del plan, si se tiene es conveniente dejar constancia.
El plan puede haber sido elaborado por el propio empresario o por otra persona de la Dirección. En cualquier caso debe figurar explícitamente la aprobación por parte de la Dirección de la empresa, especificando el cargo y la fecha de aprobación.