La característica fundamental de los agentes biológicos es que se trata de seres vivos, o productos derivados de los mismos, presentes en el ambiente laboral y que pueden ser susceptibles de provocar efectos negativos en la salud de las y los trabajadores.
El Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, define los agentes biológicos como microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Asimismo, los microorganismos se definen como cualquier entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético.
En la práctica, el concepto de agente biológico incluye, por un lado a seres vivos: bacterias y afines, virus, hongos, endoparásitos humanos, etc., con capacidad de multiplicarse y ocasionar infección en las personas. Pero también incluye a todos aquellos productos y/o sustancias derivados de los mismos con capacidad de producir otros efectos adversos para la salud, como trastornos de tipo tóxico, alérgico o irritativo.
Estos agentes biológicos pueden provocar enfermedades como la tuberculosis, la legione- la, la rabia, la salmonela, el SIDA, la hepatitis, el tétanos, la toxoplasmosis, etc.
Al igual que en el caso de los agentes químicos, las vías de penetración pueden ser diversas: por el aparato respiratorio, a través de la piel, por vía digestiva o a través de la boca y tubo digestivo o por vía parenteral a través de heridas, cortes o pinchazos. En el medio laboral pueden propagarse a través del agua, aire, el suelo, los animales, las personas, los alimentos o las materias primas.
Los riesgos por exposición a agentes biológicos existen en todas aquellas actividades que, por sus propias características, pueden facilitar el contacto del trabaja- dor/a con uno o varios de los agentes biológicos mencionados anteriormente. Pueden ser actividades en las que existe una intención deliberada de utilizar o manipular el agente biológico, como laboratorios de diagnóstico microbiológico, industrias de biotecnología, industrias farmacéuticas (obtención de antibióticos, vacunas) industrias alimentarias (fabricación de quesos yogures, fermentación de la cerveza), etc.; o bien pueden ser actividades que no implican una intención deliberada de manipulación del agente biológico, pero la exposición surge de la propia naturaleza de la actividad laboral. Ejemplos de estas últimas actividades son: trabajos en centros de producción de alimentos, trabajos agrarios, actividades en las que existe contacto con animales o con productos de origen animal, trabajos de asistencia sanitaria, trabajos en unidades de eliminación de residuos, trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales.
Es importante considerar con cierto detalle la identificación y evaluación de los riesgos, disponiendo de información sobre: la naturaleza de los agentes biológicos a los que estén o puedan estar expuestos los trabajadores/as, las recomendaciones de las autoridades sanitarias, las enfermedades que puedan ser contraídas, los efectos potenciales, tanto alérgicos como tóxicos, que pueden derivarse de la actividad profesional y el riesgo adicional para aquellos trabajadores o trabajadoras especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia. La identificación y la evaluación se realizan mediante una encuesta higiénica que ejecuta personal especialista. A partir de las conclusiones alcanzadas se tomarán las correspondientes medidas preventivas.
MEDIDAS DE ACTUACIÓN SOBRE EL FOCO DE CONTAMINACIÓN | • Diseño y selección de procesos y equipos que aprovechen los últimos avances tecnológicos. Ejemplo: empleo de sistemas de aspiración mecánica, recipientes rígidos e impermeables para el transporte de muestras, esterilización e incineración de los residuos, etc. • Sustitución del agente biológico por otro que no entrañe peligro o que sea menos peligroso. • Sustitución del proceso de trabajo por otro que disminuya el contacto del trabajador/a con el agente, por ejemplo prevención de la zoonosis. • Aislamiento de las operaciones que entrañen un mayor peligro mediante el empleo de cabinas de protección biológica, aislando al trabajador/a. |
• Una limpieza adecuada de los locales y puestos de trabajo disminuye en gran medida la proliferación de los agentes biológicos. Como ejemplo se pueden considerar locales con paredes y suelos fabricados con materiales que sean de fácil limpieza y no faciliten la acumulación de suciedad.• Eliminación de residuos. • Mediante una ventilación adecuada del recinto con aire limpio y empleando filtros adaptados al tipo de agente biológico de que se trate. | MEDIDAS DE ACTUACIÓN SOBRE EL MEDIO DE DIFUSIÓN |
MEDIDAS DE ACTUACIÓN SOBRE EL RECEPTOR | • Campañas de vacunación frente a agentes patógenos concretos. • Formación e información completa referida a los riesgos, la forma correcta de manipularlos, normas de actuación frente a accidentes, etc. • Empleo de equipos de protección individual acompañados de los correspondientes instrucciones de uso, mantenimiento y almacenado. • Programas médicos: reconocimientos médicos preventivos, que incluyan pruebas de riesgo de cada trabajador/a ante agentes específicos. • Limpieza personal, de la ropa de trabajo, prohibición de consumo de alimentos y de fumar. |
Es importante considerar con cierto detalle la identificación y evaluación de los riesgos, disponiendo de información sobre: la naturaleza de los agentes biológicos a los que estén o puedan estar expuestos los trabajadores/as, las recomendaciones de las autoridades sanitarias, las enfermedades que puedan ser contraídas, los efectos potenciales, tanto alérgicos como tóxicos, que pueden derivarse de la actividad profesional y el riesgo adicional para aquellos trabajadores o trabajadoras especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia. La identificación y la evaluación se realizan mediante una encuesta higiénica que ejecuta personal especialista. A partir de las conclusiones alcanzadas se tomarán las correspondientes medidas preventivas.
Los agentes físicos en el entorno laboral surgen por las diferentes formas de energía presentes en dicho lugar. La energía mecánica, generadora de movimientos, es fuente de ruido y vibraciones. La energía térmica, asociada con los intercambios de calor, genera condiciones de temperaturas, altas o bajas, etc. Por último, la energía electromagnética genera el espectro electromagnético completo, creando campos electromagnéticos estáticos o variables y radiaciones que, a su vez se subdividen en ionizantes – rayos x y gamma – y no ionizantes, donde se encuentran radiofrecuencias, microondas y radiación óptica -infrarrojo, visible y ultravioleta-. Como particularidad se han de añadir a las radiaciones ionizantes unas radiaciones que además de energía electromagnética llevan asociada una partícula como son las radiaciones alfa, las beta y las neutrónicas.
El ruido es un importante agente contaminante. Su efecto más destacado es la pérdida de audición, pero no hay que olvidar otros posibles efectos relacionados con él. Su presencia en nuestro entorno puede ser constante:
-en el hogar: producido por electrodomésticos, ascensores o cajas de ascensores, cañerías, televisores, etc. o procedente del exterior
-en el exterior: procedente del tráfico rodado, trenes, tranvías, aviones, obras, actividades industriales, etc.
-en la oficina: ventiladores, fotocopiadoras, megafonía, etc.
-en la fábrica: máquinas y equipos de trabajo, carretillas automotoras, ventiladores, aire comprimido, taladros, esmeriles, etc.
El ruido se define como sonido no deseado o molesto, lo que incluye una vertiente subjetiva. Dada esta definición, el estudio del ruido está directamente ligado con el estudio del sonido.
El sonido es cualquier variación de presión
sobre la atmosférica que el oído humano detecta, y se origina cuando un objeto recibe un golpe y las moléculas que forman ese objeto se ponen a vibrar. Esas vibraciones se transmiten a un medio elástico (aire, agua…) produciendo unas ondas sonoras, que conforme se van alejando del foco, pierden energía o intensidad. Por eso oímos menos a
medida que nos alejamos del origen. Esta presión, energía o intensidad se mide en deci- belios (dB) y el rango de audición, en presión sonora, está entre 0 y 140 dB, siempre que la frecuencia de esa vibración se encuentre dentro del intervalo de 20Hz a 20.000 Hz, idealmente, de 40 a 10.000 Hz en la práctica.
La calificación de un sonido como molesto o no deseado y, por tanto, ruido (vertiente subjetiva) dependerá de las características del mismo, de nuestro estado anímico, de la actividad que estemos desarrollando, de que lo estemos generando, etc.
El oído humano no es igualmente sensible al sonido al variar su frecuencia. Para intentar acomodar la lectura de un dispositivo capaz de medir el sonido a la sensación auditiva se han creado las curvas de ponderación. La curva de ponderación utilizada durante la medición aparece reflejada en el resultado mediante una letra: A, B, C, D… En la legislación aparece la escala A de ponderación para el ruido continuo y la C para el de impulso.
El ruido puede producir daños fisiológicos y/o psicológicos o interferencias en la comunicación, como por ejemplo:
- Rotura de la membrana del tímpano.
- Hipoacusia.
- Desplazamiento temporal del umbral auditivo.
- Desplazamiento permanente del umbral auditivo.
- Vértigos, náuseas y alteraciones del equilibrio.
- Posibilidad de efectos cardiovasculares.
- Alteración del sueño.
- Entorpecimiento de tareas: Mayor probabilidad de accidente.
- Interferencias conversacionales.
Los daños se producirán en función del nivel de ruido, del tiempo de exposición, tipo de ruido y de la edad del trabajador afectado o de la trabajadora afectada.
Para poder evaluar una exposición sonora se necesita conocer el nivel de presión sonora que refleje dicha exposición y un nivel de referencia con el que comparar.
Los métodos de medida, los niveles de referencia, las características de los aparatos de medida y las medidas preventivas a tomar están regulados en el R.D. 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
- Nivel de ruido
- Tipo de ruido
- Edad
- Tiempo de exposición
Evaluar los puestos de trabajo: • Existentes • De nueva creación Realizar mediciones periódicas Informar y formar a los trabajadores afectados • Riesgos y nivel de exposición • Medidas preventivas adoptadas • Resultados de las audiometrías • Necesidad de utilizar protección auditiva |
Las medidas preventivas a aplicar dependerán del nivel de ruido encontrado, entre ellas: realización de mediciones iniciales y periódicas, implantación medidas dirigidas a la disminución del nivel de ruido existente, desarrollo de plan técnico de control del ruido, información y formación a los trabajadores afectados y las trabajadoras afectadas, vigilancia de la salud, etc. En el cuadro siguiente se resumen las medidas indicadas en el R.D. 286/2006, y los artículos del mismo.
LAeq,d = 87 dBA * L pico = 140 dBC * | Limites de Exposición. No se pueden superar. Si se superan, tomar medidas inmediatas para reducir el nivel. Art.8 |
LAeq,d >85 dBA L pico > 137 dBC | Obligatorio uso protectores. Programar medidas técnicas y/o de organización. Señalización. Art. 4.2. |
LAeq,d >80 dBA L pico > 135 dBC | Informar y formar. Disponibilidad de EPI. Art. 7 y 9 |
* teniendo en cuenta la atenuación de los protectores
L-Aeq d es el nivel diario equivalente en decibelios A.
L pico es el nivel de pico expresado en decibelios
Ambos están definidos en el Anexo I del R.D. 286/2006 de ruido
- Información y formación adecuada -Control médico inicial
- Evaluación periódica de los puestos existentes cada 3 años.
- Medidas preventivas
- Control médico periódico mínimo cada 5 años
- Proporcionar protección auditiva a los trabajadores y las trabajadoras
- Información y formación adecuada.
- Control médico inicial
- Evaluación periódica de los puestos existentes cada año.
- Control médico periódico mínimo cada 3 años
- Uso obligatorio de protección auditiva
- Programa de medidas a integrarse en la planificación preventiva
Al aplicar este valor límite de exposición, en la determinación de la exposición real del trabajador, se tendrán en cuenta las atenuaciones que procuran los protectores auditivos utilizados por los trabajadores.
Si, a pesar de las medidas de aplicación del decreto, se comprobaran exposiciones por encima de estos valores límites de exposición, el empresario deberá:
- Tomar inmediatamente medidas para reducir la exposición por debajo de los valores límites de exposición.
- Determinar las razones de la sobreexposición.
- Corregir las medidas de prevención y protección, a fin de evitar que se vuelva a producir una reincidencia.
- Informar a los delegados de prevención de tales circunstancias.
Medición del Ruido.
En resumen podremos decir que a la hora de realizar una medición de ruido tendremos que tener en cuenta:
- Número de trabajadores y trabajadoras expuestos.
- Parámetros de medida.
- Equipo de medida.
- Duración de la medición.
- Definición de la situación en la que se va a realizar la medida teniendo en cuenta:
- Máquina con la que opera el trabajador o la trabajadora.
- Herramientas ruidosas empleadas.
- Operaciones ruidosas del ambiente cercano.
- Pieza y/o material que se elabora.
- Uso de Equipos de protección individual.
- Instalaciones y máquinas averiadas o fuera de uso que puedan aportar mayor nivel sonoro.
- Horas de exposición del trabajador/a a los distintos focos ruidosos.
- Condiciones del local y distribución de los diferentes elementos ruidosos.
Y, además:
- Las mediciones deben ser representativas de las condiciones de exposición. El número, duración y momento de realización de las mediciones se elegirá de forma que tenga en consideración todos los focos y todos los niveles a los que está expuesto el trabajador y trabajadora.
- Si hay variación significativa de la exposición al ruido entre una jornada y otra se calculará el nivel semanal equivalente.
- Se exceptúa de medir en aquellos puestos en los que se aprecie niveles diario equivalente o nivel pico por debajo de 80 dBA y 135 dB(C).
- La Instrumentación a utilizar será la especificada en el Real Decreto.
- Se calibrarán los aparatos antes y después de cada medición.
- La medición se realizará, en ausencia del trabajador o trabajadora, a la altura del oído y en presencia del trabajador/a a 10 cm. de su oído.
El objetivo de las técnicas de control de ruido es llegar a reducir los niveles en los lugares de trabajo a valores aceptables, con un costo también aceptable. El éxito de las labores de control del ruido se valorará en función de la reducción de nivel de ruido conseguido.
Las distintas técnicas de control se caracterizan según el elemento sobre el que actúen:
- FOCO EMISOR: Reducción de la emisión de ruido por sustitución de la máquina, proceso…
- MEDIO DE DIFUSIÓN: Aumentar la pérdida de transmisión por inserción (aislamiento aéreo, aislamiento de vibraciones…).
- RECEPTOR: Actuaciones sobre el puesto de trabajo (modificar horarios, ubicación de puestos, protección personal…).
Estas tres posibilidades de actuación están íntimamente ligadas a los principios generales de lucha contra el ruido, que son, por orden preferencial: eliminar el peligro, aislar el peligro y proteger al personal.