2.1.7.3-3- Etiquetado

2.1.7.3-3- Etiquetado

El reglamento CLP también detalla el contenido de la etiqueta y las características que deben cumplir el envase o envases, en sus múltiples posibilidades.

Una sustancia o mezcla clasificada como peligrosa y contenida en un envase tiene que lle­var una etiqueta en la que figurarán los siguientes elementos:!.

  1. el nombre, la dirección y el número de teléfono del proveedor o proveedores
  2. la cantidad nominal de la sustancia o mezcla contenida en el envase a disposi­ción del público en general, salvo que esta cantidad ya esté especificada en otro lugar del envase
  3. los identificadores del producto
  • En el caso de una sustancia, el identificador del producto constará, según el caso, de un nombre y un número de identificación, o bien el número asignado por el CAS junto con la denominación establecida en la nomen­clatura suministrada por la IUPAC, o bien el número CAS junto con otra u otras denominaciones químicas internacionales, o la denominación de la nomenclatura de la IUPAC u otra u otras denominaciones químicas inter­nacionales.
  • En el caso de una mezcla, el identificador del producto constará de las dos partes siguientes: a) el nombre comercial o la denominación de la mezcla; b) la identidad de todas las sustancias de la mezcla que contribuyen a su clasificación por lo que respecta a la toxicidad aguda, a la corrosión cutá­nea o a las lesiones oculares graves, a la mutagenicidad en células germi­nales, a la carcinogenicidad, a la toxicidad para la reproducción, a la sen­sibilización respiratoria o cutánea, a la toxicidad específica en determina­dos órganos (STOT), o al peligro por aspiración.
  1. el pictograma o pictogramas de peligro, cuando proceda
  2. la palabra de advertencia correspondiente de conformidad con la clasificación de la sustancia o mezcla peligrosa, cuando proceda
  3. las indicaciones de peligro correspondientes de conformidad con la clasifica­ción de la sustancia o mezcla peligrosa, cuando proceda
  4. los consejos de prudencia apropiados de conformidad con la clasificación de la sustancia o mezcla peligrosa, cuando proceda
  5. una sección de información suplementaria, cuando proceda

La etiqueta estará escrita en la lengua o lenguas oficiales del Estado en que se comerciali­za la sustancia o mezcla.

En la etiqueta o el envase de una sustancia o mezcla no deberán figurar indicaciones como «no tóxico», «no nocivo», «no contaminante», «ecológico», ni otras indicaciones que señalen que la sustancia o mezcla no es peligrosa, o sean no consecuentes con la clasifi­cación.

El proveedor de una sustancia o mezcla velará por que se actualice la etiqueta sin demora injustificada toda vez que se produzca cualquier modificación de la clasificación y etiqueta­do de dicha sustancia o mezcla, cuando el nuevo peligro sea mayor o se requieran nuevos elementos suplementarios de etiquetado.

La etiqueta se fijará firmemente y se leerá en sentido horizontal en la posición en que se deja normalmente el envasado.

El color y la presentación de las etiquetas serán tales que el pictograma de peligro resalte claramente.

Los pictogramas de peligro, la palabra de advertencia, las indicaciones de peligro y los con­sejos de prudencia aparecerán juntos en la etiqueta.

Los envases que contengan sustancias o mezclas peligrosas deben estar concebidos y rea­lizados de modo que se evite la pérdida del contenido, y estar fabricado con materiales no susceptibles al daño provocado por el contenido ni que formen, con este último, combina­ciones peligrosas. Los envases con un sistema de cierre reutilizable estarán diseñados de forma que puedan cerrarse repetidamente sin pérdida de su contenido.

2.1.7.4. Fichas de Datos de Seguridad (FDS)

2.1.7.4.1 Consideraciones generales:

  • Las fichas de datos de seguridad (FDS) deben elaborarse para todas las sus­tancias y mezclas clasificadas como peligrosas.
  • La FDS debe ser elaborada por el fabricante, importador o distribuidor de un producto químico peligroso.
  • Permiten a los usuarios profesionales (empresario) tomar las medidas necesa­rias para la protección de la salud y de la seguridad en el trabajo y para la pro­tección del medio ambiente.
  • Permiten al empresario determinar si en el lugar de trabajo hay presente algún agente químico peligroso y evaluar los riesgos que suponga el uso de dichos agentes para la salud y la seguridad de los trabajadores y trabajadoras.
  • El responsable de la comercialización de un producto químico peligroso, ya sea el fabricante, el importador o el distribuidor, deberá facilitar al destinatario que sea usuario profesional (empresario o empresaria) la ficha de datos de seguri­dad. Así mismo, el usuario profesional debe solicitar estas fichas.
  • Las FDS se proporcionan de forma gratuita en el momento de la primera entre­ga del producto, y posteriormente siempre que se produzcan revisiones.
  • Deben redactarse de forma clara y concisa en la lengua española oficial del Estado.
  • En la primera página de la FDS debe indicarse su fecha de emisión o revisión.
  • Podrá facilitarse mediante papel o en formato electrónico, siempre que el desti­natario disponga del equipo necesario para su recepción.
  • Los proveedores deberán actualizarla sin demora en los siguientes casos:
  • tan pronto como se disponga de nueva información que pueda afectar a las medidas de gestión de riesgos, o de nueva información sobre peligros
  • cuando se haya concedido o denegado una autorización
  • cuando se imponga una restricción.

La nueva versión fechada de la información, marcada como “Revisión: (fecha)”, se proporcionará gratuitamente en papel o por vía electrónica a todos los des­tinatarios anteriores a los que les hubiera suministrado la sustancia o el prepa­rado en los 12 meses precedentes. Toda actualización posterior al registro con­signará el número de registro.

* Los metales en forma maciza, aleaciones (electrodos de soldadura, etc.), gases compri­midos y productos suministrados a granel también deberán disponer de FDS.

2.1.7.4.2 Contenido de la ficha de datos de seguridad

Toda FDS debe incluir obligatoriamente los 16 apartados siguientes:

  1. identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa
  2. identificación de los peligros
  3. composición/información sobre los componentes
  4. primeros auxilios
  5. medidas de lucha contra incendios
  6. medidas en caso de liberación accidental
  7. manipulación y almacenamiento
  8. control de exposición/protección individual
  9. propiedades físicas y químicas
  10. estabilidad y reactividad
  11. información toxicológica
  12. información ecológica
  13. consideraciones sobre eliminación
  14. información sobre el transporte
  15. información reglamentaria
  16. otra información.

 

1. Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa

En esta sección se recoge información sobre:

  • Identificación de la sustancia o la mezcla tal y como consta en la etiqueta
  • Usos pertinentes identificados de la sustancia o de la mezcla y usos desacon­sejados. Breve descripción del efecto de la sustancia o la mezcla, como, por ejemplo, “retardador de llama” o “antioxidante”.
  • Datos del proveedor de la ficha de datos de seguridad, ya sea el fabricante, el importador, el representante exclusivo, el usuario intermedio o el distribuidor. Debe figurar la dirección completa y el número de teléfono del proveedor, así como la dirección electrónica de la persona competente responsable de la ficha de datos de seguridad.
  • Teléfono de emergencia: de la empresa o del organismo consultivo oficial com­petente.
2. Identificación de los peligros
  • En esta sección se describen los peligros que presenta la sustancia o la mezcla, así como la información cautelar adecuada asociada a esos peligros.
  • Clasificación de la sustancia o de la mezcla derivada de la aplicación de los cri­terios de clasificación del Reglamento (CE) n° 1272/2008.
  • Elementos de la etiqueta: pictogramas de peligro, palabras de advertencia, indi­caciones de peligro y consejos de prudencia.
  • Otros peligros. Se mencionarán otros peligros que no se tienen en cuenta para la clasificación, pero que pueden contribuir a la peligrosidad general de la sus­tancia o la mezcla.
3. Composición/ información sobre los componentes

En esta sección de la FDS se describe la identidad química del o de los componentes de la sustancia o la mezcla, incluidos las impurezas y los aditivos estabilizantes.

  • Para las sustancias, se indica la identidad química del principal componente de la sustancia, indicando, al menos, el identificador del producto También se indi­can la identidad química de las impurezas, los aditivos estabilizantes o compo­nentes individuales distintos del componente principal.
  • Para las mezclas, además de identificar el producto, se indica la concentración o los rangos de concentración y las clasificaciones para, al menos, las sustan­cias siguientes:
  • sustancias que presentan un peligro para la salud o el medio ambiente
  • sustancias para las que existen límites de exposición en el lugar de traba­jo, que no están incluidas en el apartado anterior
  • sustancias que son persistentes, bioacumulables y tóxicas, o muy persis­tentes y muy bioacumulables
  • Si está disponible, el número CE. También pueden indicarse, cuando se conoz­can, el número CAS y el nombre de la IUPAC.
4. Primeros auxilios

En esta sección de la FDS se describen los primeros auxilios, de manera que una persona no formada en la materia pueda entenderlos y prestarlos sin necesidad de recurrir a equi­pos sofisticados y sin que disponga de una amplia selección de medicamentos. En caso de que se requiera asistencia médica, se indicará en las instrucciones, así como su urgencia.

  • Descripción de los primeros auxilios
  • Principales síntomas y efectos, agudos y retardados
  • Indicación de toda atención médica y de los tratamientos especiales que deban dispensarse inmediatamente.
5. Medidas de lucha contra incendios

En esta sección de la FDS se indican los requisitos aplicables a la lucha contra un incendio provocado por una sustancia o una mezcla, o que se produzca en su entorno. Se indican:

  • Los medios de extinción apropiados.
  • Los medios de extinción que no deben utilizarse en una situación particular que afecte a la sustancia o la mezcla
  • Los peligros específicos derivados de la sustancia o la mezcla
  • Recomendaciones para el personal de lucha contra incendios
6. Medidas en caso de vertido accidental

En esta sección de la FDS se indica la respuesta adecuada en caso de vertidos, fugas o pér­didas a fin de prevenir o reducir al máximo los efectos adversos para las personas, los bie­nes y el medio ambiente. Se informa sobre:

  • Precauciones personales, equipo de protección y procedimientos de emergencia
  • Precauciones relativas al medio ambiente
  • Métodos y material de contención y de limpieza
  • Referencia a otras secciones
7. Manipulación y almacenamiento

En esta sección de la FDS se dan indicaciones sobre prácticas de manipulación seguras.

  • Recomendaciones para garantizar una manipulación segura de la sustancia o la mezcla, como la adopción de medidas de contención y de prevención de incen­dios, así como las destinadas a impedir la formación de partículas en suspen­sión y polvo-
  • Recomendaciones para evitar la manipulación de sustancias o mezclas incom­patibles
  • Recomendaciones para llamar la atención sobre las operaciones y las condiciones que crean nuevos riesgos mediante la alteración de las propiedades de la sustancia o la mezcla, así como sobre medidas apropiadas de respuesta
  • Recomendaciones para reducir la liberación de la sustancia o la mezcla en el medio ambiente, por ejemplo, evitando los vertidos o manteniendo el producto alejado de los desagües.
  • Recomendaciones sobre medidas generales de higiene en el trabajo, como:
  • no comer, beber ni fumar en las zonas de trabajo;
  • lavarse las manos después de cada utilización
  • despojarse de prendas de vestir y equipos de protección contaminados antes de entrar en las zonas para comer.
  • Se especifican las condiciones de almacenamiento seguro, incluidas posibles incompatibilidades
  • Para sustancias y mezclas destinadas a un uso o usos específicos finales, las recomendaciones se referirán al uso o usos identificados y serán pormenoriza­das y operativas.
8. Controles de exposición/protección personal

En esta sección se describen los límites de exposición profesional aplicables y las medidas de gestión del riesgo necesarias.

  • Se enumeran, cuando están disponibles, los valores límite de exposición profe­sional para la sustancia o para cada una de las sustancias de la mezcla
  • Se facilita información sobre los métodos de seguimiento recomendados al menos para las sustancias más importantes.
  • En caso de que se formen contaminantes del aire cuando se utiliza la sustancia o la mezcla del modo previsto, se indican también los valores límite de exposi­ción profesional aplicables y/o los valores límite biológicos para los mismos.
  • Se facilitan para la sustancia los DNEL y las PN EC pertinentes para definir los escenarios de exposición.
  • En el caso de usos específicos, se facilitan los detalles necesarios para una ges­tión eficaz del riesgo.
  • Se describen las medidas adecuadas de control de la exposición referidas al uso o usos identificados de la sustancia o la mezcla. Esta información debe ser sufi­ciente para que el empresario pueda determinar el riesgo que representa la sus­tancia o la mezcla para la seguridad y la salud de los trabajadores
  • Se da información sobre la utilización de equipos de protección personal referi­dos a la protección de los ojos/la cara, protección de la piel, protección respi­ratoria y peligros térmicos.

Por ejemplo:

En el caso de protección cutánea, se especifica el tipo de guantes que debe usarse para la manipulación del producto químico, indicando: el tipo de material, el tiempo de penetración del material, en relación con la cantidad y la duración de la exposición cutánea.

  • En el caso de protección de los ojos, se especifica el tipo de protección ocular que se necesita: gafas de seguridad, gafas protectoras, pantalla facial, etc.
9. Propiedades físicas y químicas

En esta sección se facilitan, si son pertinentes, los datos empíricos relativos a la sustancia o la mezcla. La información que aparece es:

  • aspecto: estado físico (sólido, líquido o gaseoso) y el color de la sustancia o la mezcla tal y como se suministra
  • olor: si el olor es perceptible, se incluirá una breve descripción del mismo
  • umbral olfativo
  • pH de la sustancia o de la mezcla tal como se suministra o de una solución acuosa; en el caso de una solución acuosa, se indica también la concentración
  • punto de fusión/punto de congelación
  • punto inicial de ebullición e intervalo de ebullición
  • punto de inflamación
  • tasa de evaporación
  • inflamabilidad (sólido, gas)
  • límites superior/inferior de inflamabilidad o de explosividad
  • presión de vapor
  • densidad de vapor
  • densidad relativa
  • solubilidad(es)
  • coeficiente de reparto: n-octanol/agua
  • temperatura de auto-inflamación
  • temperatura de descomposición
  • viscosidad
  • propiedades explosivas
  • propiedades comburentes
  • Otros parámetros físicos y químicos importantes tales como la miscibilidad, la liposolubilidad, la conductividad, el potencial rédox, el potencial de formación de radicales y las propiedades fotocatalíticas.
10. Estabilidad y reactividad

En esta sección se describen la estabilidad de la sustancia o de la mezcla y la posibilidad de que se produzcan reacciones peligrosas en determinadas condiciones de uso y en caso de vertido en el medio ambiente.

  • Se describen los peligros de reactividad de la sustancia o la mezcla.
  • Se indica si la sustancia o la mezcla son estables o inestables en condiciones ambientales normales y en condiciones previsibles de temperatura y presión durante su almacenamiento y manipulación.
  • Se indica la posible reacción o polimerización de la sustancia o la mezcla que pueda producir una presión o temperatura excesivas o crear otras condiciones peligrosas
  • Se enumeran condiciones como la temperatura, la presión, la luz, los choques, las descargas estáticas, las vibraciones u otras tensiones físicas que pueden generar situaciones peligrosas y se describen brevemente, en su caso, las medi­das que deben adoptarse para gestionar los riesgos asociados a dichos peligros.
  • Se indican las familias de sustancias o mezclas o las sustancias concretas, como el agua, el aire, los ácidos, las bases o los oxidantes con los que la sus­tancia o la mezcla podrían reaccionar y provocar una situación peligrosa (por ejemplo, explosión, liberación de materiales tóxicos o inflamables o liberación excesiva de calor) y se describen brevemente, en su caso, las medidas que deben adoptarse para gestionar los riesgos asociados a dichos peligros.
  • Se enumeran los productos de descomposición peligrosos que se conocen y puedan anticiparse razonablemente como resultado del uso, el almacenamien­to, el vertido y el calentamiento.
11. Información toxicológica

Esta sección de la FDS se dirige fundamentalmente a los profesionales médicos, los profe­sionales de la salud y la seguridad en el trabajo y los toxicólogos. Se facilita una descripción concisa, completa y comprensible de los diferentes efectos toxicológicos (para la salud) y los datos disponibles utilizados para identificar dichos efectos, incluida la información dis­ponible sobre toxicocinética, metabolismo y distribución.

  • Información sobre los aspectos toxicológicos. Las clases de peligro para las que deberá facilitarse información son las siguientes: toxicidad aguda; corrosión o irritación cutáneas; lesiones oculares graves o irritación ocular; sensibilización respiratoria o cutánea; mutagenicidad en células germinales; carcinogenicidad; toxicidad para la reproducción; h) toxicidad específica en determinados órganos (STOT) — exposición única; toxicidad específica en determinados órganos (STOT) — exposición repetida; peligro por aspiración. Estos peligros deberán indicarse siempre en la ficha de datos de seguridad.
  • Información sobre las posibles vías de exposición y los efectos de la sustancia o la mezcla para cada una de ellas, es decir, por ingestión, inhalación o exposi­ción cutánea/ocular.
  • Descripción de los posibles efectos adversos para la salud y los síntomas aso­ciados a la exposición a la sustancia y a la mezcla, así como a sus componen­tes o subproductos conocidos.
  • Información sobre los posibles efectos retardados o inmediatos como conse­cuencia de una exposición a corto o largo plazo.
  • Información relativa a las interacciones, cuando sea pertinente y esté disponible.
12. Información ecológica

En esta sección se proporciona la información necesaria para evaluar el impacto medio­ambiental de la sustancia o la mezcla cuando se liberan en el medio ambiente. Cuando están disponibles se facilita información sobre:

  • Toxicidad utilizando datos de los ensayos realizados con organismos terrestres y/o acuáticos.
  • Los resultados de los ensayos que permitan evaluar la persistencia y la degra- dabilidad. el potencial de bioacumulación (capacidad de la sustancia o prepara­do para acumularse en los seres vivos), el potencial de movilidad (capacidad del producto químico para ir a las aguas subterráneas o lejos del lugar de vertido) en el suelo.
  • Cuando se requiera un informe sobre la seguridad química, se facilitarán los resultados de la valoración PBT y mPmB tal como figuran en dicho informe.
  • Cualquier otro efecto adverso para el medio ambiente, como, por ejemplo, el destino final en el medio ambiente (exposición) y el potencial de generación fotoquímica de ozono, de disminución de la capa de ozono, de alteración del sistema endocrino o de calentamiento global.
13. Consideraciones relativas a la eliminación

Esta sección contiene información que permite una gestión apropiada de los residuos pro­cedentes de la sustancia o la mezcla, así como de su envase.

  • Se indican los envases y los métodos que deben utilizarse para el tratamiento de residuos
  • Se especifican las propiedades físicas/químicas que pueden influir en las opcio­nes para el tratamiento de residuos
  • Se identifican, cuando es necesario, las precauciones especiales aplicables a las opciones de tratamiento de residuos recomendadas.
14. Información relativa al transporte

En esta sección de la ficha de datos de seguridad se facilita información básica sobre la cla­sificación para el transporte o la expedición por carretera, ferrocarril, mar, vías navegables interiores o aire de las sustancias o las mezclas.

  • Se indican todas las precauciones particulares que el usuario debe adoptar o conocer en relación con el transporte o el traslado dentro y fuera de sus insta­laciones.
  • Cuando corresponda, se proporciona información sobre la clasificación del transporte de mercancías peligrosas: ADR (por carretera), RID (por ferrocarril), ICAO/ IATA (por vía aérea), IMDG (marítimo), ADN (por vías navegables inte­riores).
15. Información reglamentaria

En esta sección de la ficha de datos de seguridad se facilita cualquier otra información reglamentaria sobre la sustancia o la mezcla que no figura ya en la ficha de datos de segu­ridad.

  • Disposiciones pertinentes en materia de seguridad, salud y medio ambiente
  • Se indica si el proveedor ha llevado a cabo una evaluación de la seguridad quí­mica de la sustancia o de la mezcla.
16. Otra información

Esta sección de la FDS se incluye información que no figura ya en las secciones 1 a 15,

  • En una FDS revisada, se indican claramente las partes en las que se han intro­ducido modificaciones con respecto a la ficha anterior
  • Explicación de las abreviaturas y los acrónimos utilizados en la FDS
  • Las principales referencias bibliográficas y las fuentes de datos
  • En el caso de mezclas, los métodos de evaluación de la información
  • La lista de advertencias de peligro y/o consejos de prudencia pertinentes, facili­tando el texto completo de las advertencias que no estén completas en las sec­ciones 2 a 15
  • Recomendaciones relativas a la formación adecuada para los trabajadores a fin de garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente
2.1.7.5 Almacenamiento de productos químicos

En el almacenamiento de agentes químicos debe diferenciarse entre aquellas áreas o zonas destinadas exclusivamente a almacenamiento y las situaciones en que, por necesidades de proceso, se requiere la presencia de cantidades de productos químicos peligrosos en el lugar de trabajo.

En el primer caso, en la medida que les sea aplicable, el almacenamiento deberá ajustarse a las exigencias del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (Real Decreto 379/2001) y sus instrucciones técnicas complementarias, que es de aplicación obligatoria cuando las cantidades almacenadas superan los límites indicados. Cabe destacar que esta reglamentación no afecta a los almacenamientos integrados dentro de las unidades de pro­ceso, cuya capacidad estará limitada a la necesaria para la continuidad del proceso.

  • MIE APQ-i: almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.
  • MIE APQ-2: almacenamiento de óxido de etileno.
  • MIE APQ-3: almacenamiento de cloro.
  • MIE APQ-4: almacenamiento de amoniaco anhidro.
  • MIE APQ-5: almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión.
  • MIE APQ-6: almacenamiento de líquidos corrosivos.
  • MIE APQ-7: almacenamiento de líquidos tóxicos.
  • MIE-APQ-8: almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno
  • MIE APQ-9: almacenamiento de peróxidos orgánicos

Con carácter general, es preciso establecer un plan de almacenamiento que permita, en caso de incidente (fuga, derrame, incendio,…), conocer con rapidez y precisión la naturale­za de los productos almacenados, su cantidad y su localización dentro del almacén.

Normas generales de almacenamiento
  • Guardar en los lugares de trabajo las cantidades de productos químicos que sean estrictamente necesarias para el desarrollo de la actividad diaria.
  • No guardar los líquidos peligrosos en recipientes abiertos. Los envases ade­cuados para tal fin se deben cerrar después de ser usados o cuando queden vacíos. Serán preferentemente de seguridad (con cierre automático).
  • Almacenar las sustancias peligrosas debidamente separadas, agrupadas por el tipo de riesgo que pueden generar y respetando las incompatibilidades que exis­ten entre ellas; por ejemplo, las sustancias combustibles y reductoras deben estar separadas de las oxidantes y de las tóxicas.
  • Reducción de las cantidades de agentes químicos peligrosos presentes en el lugar de trabajo al mínimo necesario para el tipo de trabajo que se trate.
  • Dar las debidas instrucciones a los trabajadores y trabajadoras, estableciendo procedimientos por escrito en los casos de operaciones peligrosas.
  • Establecimiento de un programa de control de contaminantes en función de los valores encontrados en las evaluaciones de riesgos.
  • Formar e informar a los trabajadores y trabajadoras de los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, así como de las medidas preventivas adecuadas. La documentación base de esta información se derivará de la evaluación de ries­gos realizada en los diferentes puestos de trabajo.
  • Programas periódicos de entrenamiento sobre actuaciones y comportamiento ante la aplicación de las medidas de emergencia, utilización de los equipos de protección personal, primeros auxilios, higiene personal, etc.
  • Colocar los recipientes de pequeña capacidad que contengan sustancias corro­sivas, como los ácidos y los álcalis, separados entre sí y sobre bandejas que pue­dan retener los derrames producidos en caso de rotura del recipiente.
  • Elegir el recipiente adecuado para guardar cada tipo de sustancia química y tener en cuenta el posible efecto corrosivo que pueda tener sobre el material de construcción del envase.
  • Tener en cuenta que el frío y el calor deterioran el plástico, por lo que este tipo de envases deben ser revisados con frecuencia y mantenerse protegidos del sol y de las bajas temperaturas.
  • Disponer de una buena ventilación en los locales, especialmente en los lugares donde se almacenen sustancias tóxicas o inflamables.
  • Dividir las superficies de los locales en secciones distanciadas, que agrupen los distintos productos, identificando claramente las sustancias y su cantidad. Se deben despejar los accesos a las puertas y las vías de tránsito.
  • Evitar realizar trabajos que produzcan chispas o que generen calor (esmerilar, soldar…) cerca de las zonas de almacenamiento, así como el trasvasar sustan­cias peligrosas.
  • Los locales en los que se almacenen sustancias químicas inflamables deberán cumplir con una serie de requisitos básicos: evitar la existencia de focos de calor, disponer de paredes de cerramiento resistentes al fuego y puerta metáli­ca; contar con una instalación eléctrica antideflagrante y una adecuada toma de tierra; tener una pared o tejado que actúe como paramento débil para que en caso de deflagración se libere la presión a un lugar seguro; y disponer de medios de detección y protección contra incendios.
  • Seguir procedimientos seguros en las operaciones de manipulación y almace­namiento, por lo que las personas que trabajan con sustancias químicas deben estar informadas y formadas sobre los riesgos que comporta trabajar con ellas.
2.1.7.6 Manipulación de productos químicos

Las operaciones de manipulación, que acostumbran a dar lugar a un número importante de accidentes, muchos de ellos de consecuencias graves, requieren la implantación de pro­cedimientos de trabajo. Tales procedimientos deberían implantarse en todas aquellas ope­raciones que impliquen exposición y riesgo de contacto con agentes químicos peligrosos (por ejemplo: trasvases entre recipientes, alimentación de equipos, transporte de recipien­tes, toma de muestras, intervenciones en procesos químicos discontinuos, etc.).

After effects

Medidas preventivas
  • Leer la etiqueta y las indicaciones de peligro antes de utilizar el producto.
  • Cerrar siempre los recipientes una vez extraída la cantidad de producto requeri­da y trabajar en todo momento con orden y limpieza.
  • Seguir procedimientos seguros de trabajo, si es posible escritos, en las opera­ciones de manipulación de productos químicos.
  • Utilizar cantidades mínimas.
  • Las personas que trabajan con sustancias y productos químicos deben estar informadas y formadas sobre los riesgos que comporta trabajar con las mismas y conocer las reacciones peligrosas que pueden ocurrir durante su manipula­ción.
  • Elegir el recipiente adecuado para guardar cada tipo de sustancia química. Dicho recipiente debe estar etiquetado.
  • No tocar con las manos ni probar los productos químicos, ni comer, fumar o masticar chicle durante su manipulación.
  • Conservar el adecuado etiquetaje de recipientes y botellas y etiquetar debida­mente las soluciones preparadas. No reutilizar envases para otros productos.
  • Disponer de la información e instrucciones adecuadas para la eliminación de residuos químicos. No guardar botellas o recipientes vacíos destapados. Los productos, telas y papeles impregnados se deben tirar en recipientes cerrados.
  • En caso de sufrir accidentes producidos por productos químicos, seguir las recomendaciones de seguridad indicadas en la etiqueta y la FDS del producto.
  • Consultar al médico en caso de exposición a productos químicos peligrosos.
  • Los trasvases de sustancias inflamables y tóxicas deben efectuarse en lugares bien ventilados o en cabinas de seguridad.
  • Comprobar el buen estado de montajes, aparatos y material.
  • En caso necesario utilizar los EPIs.